- Verifique el lugar de votación que le corresponde con la oficina electoral de su condado.
- Consulte los lugares de votación temprana en caearlyvoting.sos.ca.gov
Información de la votación —November 3, 2020 —California General Election
Llene un formulario de inscripción del votante a más tardar el lunes 19 de octubre de 2020 para votar en la elección general del 3 de noviembre de 2020.
NUEVA OPCIÓN: Aunque haya expirado el plazo, todavía puede inscribirse para votar en cualquier lugar de votación desde ahora y hasta el día de las elecciones. ¡Consulte aquí cómo!
1. ¡Regístrese!
- Usted es elegible para votar si es un ciudadano de los Estados Unidos mayor de 18 años, si ya no está en prisión o en libertad condicional por condena de un delito mayor, y si un tribunal no lo ha declarado mentalmente incompetente.
- Debe inscribirse para ser parte de la lista oficial de votantes de su condado. El plazo para inscribirse es el lunes 19 de octubre de 2020.
- Llene el formulario en línea en registertovote.ca.gov. También puede recoger un formulario de inscripción del votante en su biblioteca u oficina postal, o llamar al 1-800-345-8683 para que le envíen por correo un formulario de inscripción.
- Es importante llenar el formulario en su totalidad. Se le pedirá que incluya el número de su licencia de conducir o de otra identificación.
- ¿Expiró el plazo? Todavía puede inscribirse para votar en esta elección en cualquier lugar de votación desde ahora y hasta el día de las elecciones. Si acude a su lugar de votación asignado, está garantizado que su boleta electoral incluirá todas las contiendas en las que tiene autorizado votar. ¡Consulte aquí cómo!
- Una vez que esté en la lista, solamente deberá volver a inscribirse si cambia de domicilio o de nombre, si desea cambiar de partido político, si necesita actualizar su firma o si ya no está en libertad condicional por condena de un delito mayor.
Para obtener más información, consulte ¿Puedo inscribirme para votar?
2. ¡Prepárese!
- Es útil saber sobre qué va a votar antes de emitir su voto.
- Todos los votantes inscritos reciben dos cosas por correo:
- Una Guía Oficial de Información para el Votante del condado en la que se indica todo lo que se incluirá en su boleta electoral, junto con la información sobre en dónde votar.
- Una Guía Oficial de Información para el Votante sobre los candidatos y las iniciativas de ley estatales.
- Puede utilizar este sitio de Voter’s Edge California para obtener más información sobre todo lo que contiene su boleta electoral, además de que es una manera práctica de encontrar su lugar de votación.
3. ¡Vote!
Este año, si ya se inscribió para votar, recibirá una boleta electoral por correo. Usted decide si votar en persona en su lugar de votación o devolver la boleta electoral que recibió, ya sea por correo o entregándola en persona.
- Por correo. Si desea usar la boleta electoral enviada por correo en lugar de votar en persona, márquela y envíela por correo para que el matasellos no tenga una fecha posterior al día de las elecciones.
- O entréguela en persona. Puede entregar su boleta electoral en cualquier lugar de votación de su condado. Su condado también podría abrir lugares con buzones seguros para boletas electorales aproximadamente un mes antes del día de las elecciones.
- O en persona. Para votar en persona el martes 3 de noviembre, los lugares de votación estarán abiertos de 7 a. m. a 8 p. m.
Votación temprana. También puede votar en persona antes del día de las elecciones. Consulte caearlyvoting.sos.ca.gov.
Vea Cómo devolver su boleta electoral para voto por correo marcada.
Consulte Formas de votar para obtener más información.
Visite la Guía fácil del votante para obtener más información sobre cómo votar y descargar una copia en inglés, español, chino, vietnamita o coreano.
Para poder inscribirse para votar en California, usted debe:
- ser un ciudadano de los Estados Unidos que viva en California
- tener 18 años cumplidos el día de las elecciones
- no estar en prisión o en libertad condicional debido a una condena por delito
- no haber sido declarado mentalmente incompetente por un tribunal
Para obtener más información sobre los derechos de las personas que han estado en prisión, consulte Derechos de las personas con condenas penales o visite Derechos electorales para los californianos detenidos o con condenas penales
En la red en registertovote.ca.gov
- Si tiene licencia de manejar de California o el número de tarjeta de identificación, puede autorizar el uso de esa firma para el formulario de inscripción. Llene la solicitud en línea y presione “enviar” al final.
- Si no hay firma registrada en el Departamento de Vehículos Motorizados, necesitará:
- Ingresar su fecha de nacimiento y los últimos cuatro dígitos de su número de seguro social.
- Hacer clic en “imprimir”.
- Firmar la solicitud en papel.
- Enviarla por correo a la dirección proporcionada.
- ¿No tiene impresora? Siga adelante y haga clic en “No puedo imprimir”; su funcionario de elecciones del condado le enviará por correo un formulario para que lo firme y lo devuelva.
Llame al 800-345-VOTE (800-232-8682) y pida que le envíen a su casa un formulario de inscripción del elector.
Recoja una tarjeta postal de inscripción oficial en su oficina electoral del condado, en cualquier oficina del Departamento de Vehículos Automotores (Department of Motor Vehicles, DMV), o en una biblioteca pública, oficina postal u oficina de asistencia pública, o cualquier oficina gubernamental que atienda a personas discapacitadas.
Es importante que llene por completo su solicitud de inscripción de votante y:
- la presente en línea antes de la media noche, el lunes 19 de octubre, o
- la entregue por correo o en persona en la oficina electoral de su condado a más tardar el lunes 19 de octubre.
Si no cumple con la fecha límite, aun así se procesará su solicitud. Si se aprueba, usted podrá votar en las próximas elecciones.
No es demasiado tarde para votar, aunque haya expirado el plazo de inscripción del elector.
Inscripción para votar en persona el mismo día. Para inscribirse desde ahora hasta el día de las elecciones, acuda a cualquier lugar de votación y lleve a cabo tres sencillos pasos:
1. Inscríbase para votar.
2. Vote.
3. Selle su boleta electoral dentro del sobre que le entreguen y fírmelo.
Puede hacer esto en cualquier lugar de votación de su condado, pero si acude a su lugar de votación asignado, está garantizado que su boleta electoral incluirá todas las contiendas en las que tiene autorizado votar. Verifique su lugar de votación.
A este procedimiento se le llama Inscripción de votante condicional (Conditional Voter Registration, CVR) o inscripción el mismo día. Su voto se contabilizará una vez que los funcionarios electorales verifiquen la inscripción del elector y confirmen que aún no haya votado en esta elección.
Consulte aquí los lugares en los que se puede inscribir y votar al mismo tiempo - ¡con antelación y hasta el día de las elecciones!
Inscripción para votar desde casa el mismo día. Si necesita inscribirse después del plazo y desea votar desde casa, comuníquese con la oficina electoral de su condado para averiguar cómo inscribirse para recibir una boleta electoral por correo hasta el día de las elecciones.
Si el tiempo lo permite, el funcionario electoral de su condado se comunicará con usted cuando se apruebe su solicitud de registro de votante, o si se necesita más información para confirmar su elegibilidad.
Puede verificar con la oficina electoral de su condado para asegurarse de que está registrado. Verifique el estado de su forma de registro para votante.
La solicitud en línea de registro de votantes de la Secretaría del Estado de California está disponible en:
Español
中文 Chino
हिन्दी Hindi
日本語 Japonés
ខ្មែរ Jemer
한국어 Coreano
Tagalog
ภาษาไทย Tailandés
Tiếng Việt Vietnamita
En caso de que divulgar su dirección pueda ponerlo en una situación en la que su vida esté en riesgo, es posible que califique para el programa de domicilios confidenciales Seguro en casa.
- Las víctimas de violencia doméstica, acoso y agresión sexual pueden utilizar un apartado postal gratuito en vez de la dirección de su casa para ayudar a mantener su privacidad al recibir correspondencia de primera clase.
- Las personas que se registren a Seguro en casa pueden recibir su información del votante y muestras de boletas electorales en este apartado postal.
- Durante el tiempo que permanezcan en el programa, los participantes deberán votar por correo.
No solicite su inscripción para votar por medio del sitio de inscripción en línea de la Secretaría del Estado. Comuníquese al programa Seguro en casa al número gratuito (877) 322-5227 o por medio del correo electrónico de Seguro en casa.
Debe volver a registrarse si:
- Se muda a una dirección diferente.
- Cambia su nombre.
- Desea cambiar de partidos políticos o registrarse sin preferencia de partido.
- Lo sacaron de las listas de registros mientras estaba en prisión o en libertad condicional por la condena de un delito grave.
Cuando se inscribe, puede elegir que le envíen automáticamente boletas electorales para voto por correo (boletas de votante “ausente”) para cada elección.
Si ya está inscrito, también puede comunicarse con su oficina electoral del condado para cambiar su estado al de votante permanente de voto por correo.
Para obtener más información, consulte ¿Cómo voto por correo?
Usted puede elegir.
- Usted puede elegir entre partidos políticos calificados o elegir “otro”.
- O si usted no quiere inscribirse como miembro de un partido político, puede marcar la casilla junto a “No, no quiero revelar una preferencia por algún partido político” en el formulario de inscripción del votante.
- Su elección de no inscribirse con una preferencia por algún partido político puede afectar su capacidad de votar en la Elección primaria de marzo para la presidencia de los Estados Unidos y los Comités Centrales del Condado, pero aún podrá votar por otros cargos y las iniciativas de ley en la boleta electoral.
- Podrá inscribirse sin preferencia por algún partido político y, aun así, podrá votar por cualquier candidato en la boleta electoral en la Elección general de noviembre.
Para obtener más información, consulte Cómo funcionan las elecciones primarias de California: Los dos sistemas principales.
Inscríbase para votar ya sea utilizando la inscripción del votante en línea de California o al presentar la Solicitud de tarjeta postal federal (Federal Post Card Application, FPCA), si es un ciudadano de los Estados Unidos que es:
- miembro de los Servicios Uniformados (en activo) o un dependiente elegible
- miembro de la Marina Mercante o un dependiente elegible
- del cuerpo comisionado del Servicio de Salud Pública
- del cuerpo comisionado de la Administración Nacional Atmosférica y del Océano
- residente fuera de los Estados Unidos
Para obtener más información sobre cómo utilizar u obtener la FPCA, visite la página del Secretario de Estado de California o este sitio federal.
Asegúrese de llenar y enviar la inscripción del votante en línea o la FPCA de 60 a 90 días antes de la elección. Esto dará tiempo para que la información y las boletas electorales se le envíen y que las devuelva. La fecha límite definitiva para que envíe su formulario de inscripción en línea, por correo o en persona a la oficina electoral del condado es 15 días antes de la elección.
Cuando se inscriba para votar, tendrá la opción de escoger entre que se le envíe su boleta electoral por correo, fax o correo electrónico.
Recibirá un voto permanente por correo, pero cada vez que se mude deberá llenar un nuevo formulario de inscripción del votante de California en línea o FPCA.
Para obtener información sobre la votación, consulte ¿Cómo me inscribo si soy militar, me encuentro en el extranjero o vivo fuera?
Al ser un californiano que vive lejos de casa mientras asiste a una universidad, escuela de comercio o escuela técnica, puede elegir inscribirse para votar ya sea con la dirección fuera de casa que usa mientras asiste a la escuela o con su dirección habitual de casa.
La elección de cuál dirección utilizar cuando se registre para votar es una decisión personal. Cualquiera que se su elección, no puede registrarse en dos lugares de votación durante el mismo ciclo de elecciones.
Sí, puede inscribirse si es indigente siempre y cuando:
- Tenga una ubicación fija a la que se le pueda asignar un recinto electoral. Debe describir su ubicación utilizando cruces de calles, puntos de referencia u otra información para explicar dónde vive.
- Y tenga un lugar en el que pueda recibir correspondencia, como un apartado postal o un refugio para indigentes.
Este año, usted tiene más opciones para votar de manera segura y fácil. El mayor cambio es que cada votante inscrito en California recibirá una boleta electoral por correo un mes antes de la elección.
Hay 3 maneras de votar. Puede elegir devolver su boleta electoral por correo o entregarla, o puede votar en persona. Su lugar de votación para acudir en persona podría ser diferente al que normalmente visita. Se establecerá de tal forma que ofrezca una votación segura, de acuerdo con los lineamientos de salud y seguridad para el COVID-19.
Prepárese para su boleta electoral por correo
- Inscríbase para votar a más tardar el 19 de octubre en registertovote.ca.gov.
- Verifique su inscripción para asegurarse de que esté actualizada. Si su firma cambió con el tiempo, vuelva a inscribirse para actualizarla en voterstatus.sos.ca.gov.
- Si desea obtener los materiales de votación en un idioma que no sea inglés, elija esa opción en voterstatus.sos.ca.gov.
¿Expiró el plazo de inscripción del elector? Todavía puede inscribirse para votar en cualquier lugar de votación, desde ahora hasta el día de las elecciones. Para obtener más información sobre la inscripción del elector el mismo día, consulte ¿Expiró el plazo de inscripción del elector? ¡Todavía puede inscribirse para votar!
¡Devuelva con anticipación su boleta electoral por correo! Puede llenarla y enviarla por correo en cuanto la reciba.
¿No tiene timbres? No hay problema. No necesita timbres para devolver su boleta electoral por correo en el sobre que se le proporcionó.
Marque su boleta electoral y séllela dentro del sobre que se le proporcionó
- Siga las instrucciones que se incluyen en la boleta electoral para marcar sus opciones.
- Verifique que esté usando el sobre de devolución que tiene su nombre.
- Coloque su boleta electoral dentro del sobre y séllelo. Solo ponga 1 boleta electoral en cada sobre.
Firme y feche el sobre
- Feche y firme el reverso del sobre, con tinta.
- Verifique su firma para asegurarse de que se parezca a la que está en el archivo.
- Si se inscribió para votar en el Departamento de Vehículos Motorizados (Department of Motor Vehicles, DMV) o en línea, la firma será la que aparece en su licencia de conducir o en su tarjeta de identificación estatal.
- ¿No está seguro? Vuelva a inscribirse con su firma actualizada.
Puede pedir a cualquier persona que entregue su boleta electoral en un lugar de votación el día de las elecciones. Proporcione la información que se solicita en el sobre de devolución.
Devuelva su boleta electoral con anticipación.
No se demore si envía su boleta electoral por correo.
- Su boleta electoral para voto por correo marcada debe tener un matasellos del Servicio Postal de Estados Unidos con fecha del día de las elecciones, martes 3 de noviembre de 2020, o una fecha anterior.
- Una vez que se envíe por correo y se mataselle, la boleta electoral deberá recibirse en la oficina electoral a más tardar el viernes 20 de noviembre de 2020.
NUEVA OPCIÓN - ¡Rastree su boleta electoral! Regístrese en wheresmyballot.sos.ca.gov o llame al 800-345-VOTE (8683) para saber en qué parte del proceso está su boleta electoral y cuándo se aceptó.
Vea Cómo devolver su boleta electoral para voto por correo marcada.
Siga las instrucciones proporcionadas en la sección Voto por correo para llenar su boleta electoral y el sobre.
Si decide entregar en persona su boleta electoral en lugar de enviarla por correo, debe entregarlaa más tardar a las 8 p. m. del día de las elecciones, el 3 de noviembre.
- Entregue su boleta electoral en cualquier lugar de votación de su condado.
- Algunos condados también ofrecerán buzones seguros para boletas electorales. Para obtener más información y consultar los lugares de votación, visite caearlyvoting.sos.ca.gov.
Vea Cómo devolver su boleta electoral para voto por correo marcada
Es posible que pueda votar en persona antes del día de las elecciones, ya sea en la oficina electoral de su condado o en otro lugar para votaciones tempranas antes del día de las elecciones. Algunos lugares para votaciones tempranas también permanecen abiertos el día de las elecciones. Consulte los detalles con su condado.
Consejo para la votación en persona
- Si decide votar en persona, podría ser útil llevar la boleta electoral que se le envió por correo.
- Si no lleva su boleta electoral, algunos condados le solicitarán que vote usando una boleta electoral provisional que se contabilizará una vez que los funcionarios electorales verifiquen que usted es elegible para votar.
- Si vive en uno de los siguientes condados de “votación flexible”, puede obtener una boleta electoral regular en cualquier centro de votación, incluso si usted no lleva la boleta electoral que se le envió por correo: Amador, Butte, Calaveras, El Dorado, Fresno, Madera, Mariposa, Los Ángeles, Napa, Nevada, Orange, Sacramento, San Mateo, Santa Clara y Tuolumne. Para obtener más información, consulte Secretario de Estado de California.
Consulte aquí para ver una lista de los lugares de votación temprana y de los lugares para entregar las boletas en su condado.
Es posible que este año su lugar de votación sea diferente. Los condados están trabajando para proporcionarle las mejores opciones para ofrecer una votación en persona segura y con distanciamiento social. ¡Le pedimos que use mascarilla si vota en persona!
En los lugares de votación en persona usted puede:
- votar en persona
- entregar su boleta marcada
- votar utilizando una máquina de votación accesible
- recibir ayuda y materiales de votación en diversos idiomas
¿Cómo voto en el lugar de votación o el centro de votación en persona?
Los lugares de votación estarán abiertos de 7 a. m. a 8 p. m. el día de las elecciones, el martes 3 de noviembre de 2020.
La votación temprana, que comienza antes del día de las elecciones, estará disponible en algunos lugares. Encuentre los lugares de votación temprana y los lugares con buzones en caearlyvoting.sos.ca.gov.
Consejo para la votación en persona
- Si decide votar en persona, podría ser útil llevar la boleta electoral que se le envió por correo.
- Si no lleva su boleta electoral, algunos condados le solicitarán que vote usando una boleta electoral provisional que se contabilizará una vez que los funcionarios electorales verifiquen que usted es elegible para votar.
- Si vive en uno de los siguientes condados de “votación flexible”, puede obtener una boleta electoral regular en cualquier centro de votación, incluso si usted no lleva la boleta electoral que se le envió por correo: Amador, Butte, Calaveras, El Dorado, Fresno, Madera, Mariposa, Los Ángeles, Napa, Nevada, Orange, Sacramento, San Mateo, Santa Clara y Tuolumne. Para obtener más información, consulte Secretario de Estado de California.
¿Cómo encuentro mi lugar de votación?
- Si proporcionó su domicilio electoral, entonces la ubicación de su lugar de votación está impresa aquí, en la sección Mi lugar de votación en este sitio.
- Puede encontrar la ubicación de su lugar de votación en la parte de atrás de la Guía de Información para el Votante que su condado le envió por correo o
- Puede ponerse en contacto con la oficina electoral de su condado para encontrar su lugar de votación.
- Puede enviar un mensaje de texto con la palabra "Vote" a GOVOTE (468683) o
- Puede llamar al (800) 345-VOTE (8683) y elegir la opción 5.
¿Cuáles son los pasos básicos para votar en persona?
Vaya a la mesa de registro. Diga su nombre y dirección, y firme la lista de votantes. Un trabajador electoral le dará una boleta electoral.
Para las boletas electorales de papel
- Marque (llene) su boleta electoral de acuerdo con las siguientes instrucciones.
- Desprenda el talón que está en la parte superior de la boleta electoral. Puede usar este talón después para verificar que se contabilizó su boleta electoral.
- Para preservar la confidencialidad de su voto, meterá su boleta electoral en un sobre o en una carpeta, o la doblará si su condado se lo indica.
- Emita su boleta electoral siguiendo los procedimientos requeridos por su condado.
- Coloque su boleta electoral ya sea en una urna electoral o en un escáner, si su lugar de votación usa escáner.
Para máquinas para votar con pantalla táctil
No todos los condados de California usan el mismo tipo de máquinas para votar con pantalla táctil.
- El trabajador electoral le dará un código de acceso único o una tarjeta de memoria para computadora a fin de que obtenga acceso al tipo de pantalla táctil en su condado.
- Siga las instrucciones de la máquina.
- Si tiene alguna pregunta, pregunte al trabajador electoral.
Cada votante inscrito en California recibirá una boleta electoral por correo un mes antes de la elección.
NUEVA OPCIÓN: Puede rastrear su boleta electoral registrándose en Dónde está mi boleta electoral o llamando al 800-345-VOTE (8683). Este servicio le avisará cuando se le envíe por correo su boleta electoral, cuando la reciba la oficina electoral de su condado y cuando se contabilice oficialmente. Puede elegir que le envíen correos electrónicos, mensajes de texto o mensajes de voz automatizados en cualquier momento en que haya una actualización del estado de su boleta electoral.
La firma de las personas cambia con el tiempo y por otras razones. Cuando use una boleta electoral por correo, necesitará firmar al reverso del sobre. Consulte aquí cómo votar por correo.
Verifique su firma para asegurarse de que se parezca a la que está en el archivo de la oficina electoral.
- Si se inscribió para votar en el Departamento de Vehículos Motorizados (Department of Motor Vehicles, DMV) o en línea, la firma será la que aparece en su licencia de conducir o en su tarjeta de identificación estatal.
- ¿No está seguro? Vuelva a inscribirse con su firma actualizada.
Otros recordatorios sobre la firma
Si le pide a alguien como un miembro de su familia o un amigo que devuelva la boleta por usted, esa persona también necesita firmar y fechar la boleta electoral, y mencionar su relación con usted.
¿Qué pasa si uso la firma incorrecta? Si no firmó el sobre de su boleta electoral o usó la firma incorrecta, tendrá la oportunidad de hacer la corrección. La oficina electoral de su condado le informará que hubo un problema después de la elección. Tendrá hasta el 1 de diciembre de 2020 para corregir cualquier problema con su firma.
- Si usó la firma incorrecta, tendrá que presentar una declaración de verificación de la firma por correo postal, por correo electrónico, por fax o en persona.
- Si no firmó el sobre de su boleta electoral, tendrá que firmar el sobre en la oficina electoral de su condado o presentar una declaración por correo postal, por correo electrónico, por fax o en persona.
¿Qué pasa si no puedo firmar? Si tiene una discapacidad y no puede firmar, aún puede votar. Solo ponga una marca y pida a un testigo que escriba su nombre. El testigo debe tener al menos 18 años de edad.
Obtenga más información sobre cómo firmar si tiene una discapacidad en Derechos de los Discapacitados de California.
Para inscribirse para votar deberá proporcionar el número de su licencia de conducir o de su tarjeta de identificación de California, o proporcionar los últimos cuatro dígitos de su número de seguro social.
La mayoría de las veces el día de las elecciones no se le pedirá que muestre su identificación en el lugar de votación, a menos que:
- Esté votando por primera vez en unas elecciones federales y se haya inscrito por correo.
- No haya proporcionado el número de su licencia de conducir o de su tarjeta de identificación del estado, o los cuatro últimos dígitos de su número de seguro social en la tarjeta de inscripción cuando se inscribió por correo.
- Las identificaciones válidas incluyen la licencia de conducir de California, la tarjeta de identificación de California, el pasaporte o una identificación de estudiante en la que se muestre su nombre y fotografía. Visite la Secretaría del Estado de California para obtener más información sobre las identificaciones válidas.
Si su nombre no aparece en la lista de votantes registrados en su centro de votación, tiene derecho a votar utilizando una boleta provisional. Para obtener más información, consulte ¿Qué es una boleta provisional
Una boleta provisional es una boleta regular que se pone en el interior de un sobre provisional.
¿Quién debe votar con una boleta provisional?
Los votantes que:
- No aparecen en la lista de votantes en el centro de votación.
- Se mudaron a un nuevo distrito electoral y no se volvieron a registrar.
- Se registraron por correo, pero no proporcionaron el número de licencia de conducir de CA, el número de identificación de CA o los últimos 4 dígitos de su Número de Seguridad Social cuando se registraron.
- Lleven personalmente la boleta de voto por correo al centro de votación sin el sobre.
- Votan por correo, pero deciden que preferirían votar en persona y no llevan, su boleta de voto por correo, al centro de votación.
- Se registran demasiado tarde para que sus nombres se impriman en la lista de votantes.
Para obtener una lista más amplia de las personas que deben votar con una boleta provisional, consulte con la Secretaria de Estado de California.
¿Se cuentan todas las boletas provisionales?
Se contarán las boletas si los votantes son elegibles para votar y lo hacen utilizando una boleta provisional..
Qué sucede si voy al lugar de votación equivocado y tengo que usar una boleta provisional, se contará mi voto?
En primer lugar, debe votar siempre en el condado donde está registrado para votar.
Si está en el condado correcto, pero en el lugar de votación equivocado, entonces su voto se contará solo para los candidatos y medidas de ley que están en la boleta que se suponía tenía que votar.
No obstante, no se contarán ningún candidato, ni ninguna medida de ley, que no se encuentren también en la boleta de su lugar de votación correcto.
¿Cómo se manejan las boletas provisionales?
- Escriba su nombre y dirección actual en el sobre provisional y fírmelo.
- Después de que cierran los centros de votación, la boleta se devuelve a la oficina electoral, donde se verifica la información en el sobre contra los registros de inscripción de votantes.
- Si la información que el votante ha escrito en el sobre coincide, entonces la boleta se retira del sobre y se cuenta.
¿Puedo verificar el estado de mi boleta provisional?
Puede comunicarse con la oficina electoral del condado para conocer si su boleta provisional se contó y, de no ser así, el motivo por qué no.
Dañé, perdí o marqué incorrectamente mi boleta electoral, ¿cómo corrijo esto?
- Puede obtener una boleta electoral nueva en tanto que todavía no haya emitido (votado) su boleta electoral.
- Si vota en un lugar de votación solicite una boleta electoral nueva a un trabajador electoral.
- Si tiene su boleta electoral por correo, puede regresarla y solicitar una boleta electoral nueva, ya sea en su oficina electoral del condado o en un lugar de votación.
- Si no tiene su boleta electoral por correo original, puede votar usando una boleta electoral provisional.
El procedimiento para corregir un error de votación cambia un poco si usted vive en uno de los cinco condados en los que se aplica la Ley de Votación Flexible (Madera, Napa, Nevada, Sacramento o San Mateo). Siempre y cuando usted todavía no haya votado, puede obtener una boleta regular en uno de los Centros de Votación sin necesidad de enviar su boleta electoral para voto por correo.
Si se mudó en o antes del plazo de inscripción, que es 15 días antes de la elección, entonces debe volver a inscribirse en su nuevo domicilio. Consulte ¿Cómo me inscribo para votar?
NUEVO Ahora todos habitantes de California pueden inscribirse (o volver a inscribirse) y votar el mismo día con una boleta electoral provisional en todos los lugares de votación de su condado. Lea más sobre lo que puede hacer si expiró el plazo para inscribirse para votar.
Me mudé dentro del mismo condado:
- Si se mudó en los 14 días anteriores a la elección, puede votar en el lugar de votación de su antiguo domicilio, pero solo para esa elección.
- Puede emitir una boleta electoral provisional en su nuevo lugar de votación o en la oficina electoral del condado. Deberá mostrar una identificación que indique su nueva residencia y llenar una confirmación firmada de que es elegible para votar y que está inscrito en el condado donde vota.
- Si se mudó a un domicilio que está asignado al mismo lugar de votación que su domicilio anterior, entonces no importa cuándo se haya mudado, puede votar en esa ubicación. Sin embargo, debe confirmar su cambio de domicilio en el lugar de votación.
Me mudé a un nuevo condado:
- Si se mudó en los 14 días anteriores a la elección, puede votar en el lugar de votación de su antiguo domicilio, pero solo para esa elección.
- Si se mudó en o antes del plazo de inscripción, que es 15 días antes de la elección, entonces debe volver a inscribirse en su nuevo domicilio para poder votar en la siguiente elección. Consulte ¿Cómo me inscribo para votar?
Para obtener información sobre la inscripción, consulte ¿Cómo me inscribo si soy militar, me encuentro en el extranjero o vivo fuera?
Reciba y complete su boleta electoral:
Cuando se inscribió para votar con la inscripción del votante en línea de California o una Solicitud de tarjeta postal federal (FPCA) tuvo la opción de recibir su boleta electoral por correo postal, fax o correo electrónico. En algunos condados es posible descargar una boleta electoral. Consulte la lista de condados para saber si es posible descargarla.
- Deberá recibir su boleta electoral entre 45 y 30 días antes del día de las elecciones. Si no recibe una, póngase en contacto con su condado.
- Si no recibe una boleta electoral 30 días antes del día de las elecciones, puede solicitar una boleta electoral federal por escrito que le permite votar en las elecciones federales, pero no en las de California. Verifique esto con la oficina electoral de su condado.
- Siga las instrucciones que recibió en su boleta electoral para completarla. Revise la boleta electoral para asegurarse de que votó por cada contienda que tenía pensada.
Devuelva su boleta:
Por correo postal:
- Complete y fírmela como se indica en la parte posterior del sobre de devolución.
- Envíela usando el Servicio Postal de los EE. UU. si está en los Estados Unidos.
- Si está fuera de los EE. UU., use el Servicio Postal del Ejército (Army Post Office, APO)/el Servicio Postal de la Marina (Fleet Post Office, FPO) o una valija diplomática. O use un sistema postal extranjero y asegúrese de poner los timbres apropiados.
- Consulte su oficina postal para saber cuándo se enviará su boleta electoral y asegurarse de que la sellen a más tardar el día de las elecciones, además de que llegue a su condado a más tardar tres días después del día de las elecciones. En otras palabras, devuelva su boleta electoral antes del día de las elecciones.
Por fax, si vive fuera del territorio de los EE. UU.:
- Envíe por fax la boleta electoral y el sobre de envío completado.
- Envíe por fax un formulario de Juramento del votante que proporciona su condado. El juramento renuncia a su derecho de voto confidencial porque envía su boleta electoral por fax.
- La oficina electoral del condado debe recibir la boleta electoral y los materiales enviados por fax antes de las 8 p. m., tiempo del Pacífico, el día de las elecciones.
Aunque puede solicitar su boleta electoral por correo electrónico o descargarla, no puede devolver la boleta completada por correo electrónico.
Visite la página del Secretario de Estado de California para más información.
Bajo la ley de California, si usted vive en un distrito electoral con 250 o menos votantes registrados, entonces puede recibir las boletas de votación por correo y no tiene la opción de votar en persona en los centros de votación el Día de las elecciones.
Consulte ¿Cómo voto por correo? para obtener más información.
Disability Rights California (DRC) tendrá una línea directa gratuita el día de las elecciones para los votantes con discapacidades. El servicio está diseñado para ayudar a quienes tienen dificultad para acceder a los lugares de votación, emitir boletas electorales o simplemente tienen preguntas sobre el voto. El número gratuito para llamadas de voz es 888-569-7955. El número estatal para llamadas de video es 800-719-5798.
Vea el video del Center for Independence sobre Por qué debe votar.
Información accesible
La Guía Oficial de Información para el Votante estatal que se envía por correo a cada votante inscrito está disponible en una versión descargable en MP3 versión de audio, audiocasetes, lenguaje estadounidense de señas y en letra grande. Puede llamar al (800) 345 8683 para solicitar estas versiones.
El Secretario de Estado de California también tiene una línea directa para los votantes que padecen sordera, discapacidades auditivas o problemas del habla, al: (800) 833-8683 - TTY/TDD
Lugares de votación accesibles
Antes de cada elección, los votantes inscritos reciben una notificación sobre si su lugar de votación es accesible o no. Esta notificación aparece en la Guía de Información para el Votante, que su condado envía por correo postal.
Firmar en el lugar de votación
¡Puede votar incluso si no puede firmar con su nombre!
Máquinas de votación accesible
Cada lugar de votación debe contar con una máquina para votar que permita a los votantes, incluidas las personas ciegas o con problemas de la vista, emitir una boleta electoral sin necesidad de recibir ayuda.
La máquina para votar permite a los votantes verificar sus elecciones de voto de manera privada e independiente y, en caso de que exista un error, les permite corregir esas elecciones antes de enviar su boleta electoral definitiva.
Asistencia en el voto
Puede elegir hasta dos personas que le ayuden en el lugar de votación. Sin embargo, la persona que brinde la ayuda no puede ser:
- su empleador o alguien que trabaje para su empleador o
- su líder sindical o alguien que trabaje para su sindicato.
Votación en la acera
Los trabajadores electorales deben ofrecer la posibilidad de votar en la acera para los votantes con discapacidades que requieran esta ayuda. Se proporcionará estacionamiento para votar en la acera lo más cerca posible del área de votación.
Un trabajador electoral llevará al automóvil del votante la lista para firmar, la boleta electoral y otros materiales necesarios. El trabajador electoral regresará todo al lugar de votación y pondrá la boleta electoral en la urna electoral o escáner.
Para más información, consulte Derechos de los votantes con discapacidades.
Voto por correo accesible remoto
Los sistemas de voto por correo accesible remoto (Remote accessible vote-by-mail, RAVBM) proporcionan una opción accesible para que los votantes con discapacidades reciban sus boletas electorales en su hogar y las marquen de forma independiente y privada antes de devolverlas a los funcionarios electorales. Comuníquese con su oficina electoral del condado para más información.
Disability Rights California tiene un gran video con información sobre el voto por correo accesible remoto, una nueva forma para que las personas con discapacidades voten desde su hogar.
La oficina de la Secretaría del Estado proporciona materiales y ayuda relacionados con la votación en nueve idiomas distintos al inglés.
Para obtener respuestas a sus preguntas sobre la votación y las elecciones, o para solicitar la entrega por correo de un formulario de inscripción del elector, una solicitud de voto por correo o la Guía oficial de información para el elector en cualquiera de estos idiomas, llame a alguna de las líneas directas para votantes gratuitas que se muestran a continuación.
- (800) 232-VOTA (8682) - español/Spanish
- (800) 339-2857 - 中文/chino
- (888) 345-2692 - हिन्दी/hindi
- (800) 339-2865 - 日本語/japonés
- (888) 345-4917 - ខ្មែរ/khmer
- (866) 575-1558 - 한국어/coreano
- (800) 339-2957 - tagalo
- (855) 345-3933 - ภาษาไทย/tailandés
- (800) 339-8163 - Việt ngữ/vietnamita
- (408) 320-7454 - Punjabi (Jakara Movement)
Para obtener más información sobre recursos para votar en distintos idiomas, visite la Secretaría del Estado de California y lea este folleto Hoja informativa de ayuda en otros idiomas. Para obtener más información, consulte Asian Americans Advancing Justice.
Para saber qué idiomas están disponibles en su condado, contacte a su Oficina electoral del condado. La información por lo general se encuentra en el sitio web del condado y puede aparecer además en la guía para el votante del condado que recibe por correo.
Para obtener más información, consulte El derecho de los electores a recibir ayuda en otros idiomas.
Si se trata de seis o menos días antes del día de las elecciones, puede obtener una boleta electoral para voto por correo de emergencia.
Situaciones en las que están disponibles las boletas electorales de emergencia:
Puede hacer una solicitud por escrito para esta boleta si usted:
- Está hospitalizado, en un hogar para ancianos, sanatorio o en su residencia y está demasiado enfermo como para ir al lugar de votación.
- Tiene una discapacidad física que le impida ir a su lugar de votación.
- Tiene una discapacidad física que le impide votar en su lugar de votación debido a barreras arquitectónicas que le impiden el acceso físico al lugar de votación, cabina electoral, o aparato o maquinaria de votación.
- No puede acudir a su lugar de votación debido a afecciones que motivan su ausencia del recinto electoral el día de las elecciones.
¿Cómo hago la solicitud de emergencia?
Haga una solicitud por escrito. Su oficina electoral del condado puede tener un formulario preimpreso para su uso.
- Si no tiene un formulario, entonces asegúrese de que la solicitud autoriza a una persona en particular para que le lleve la boleta electoral y se firme bajo pena de perjurio. Puede usar esta muestra de Solicitud de voto por correo de emergencia del condado de Los Angeles como guía para ayudarle a escribir una solicitud a su condado.
- Marque la boleta electoral según se indica. Para obtener instrucciones detalladas, consulte ¿Cómo voto por correo?
- Devuelva la boleta electoral y el sobre personalmente o a través de su representante autorizado, ya sea a la oficina electoral del condado o a cualquier otro lugar de votación en su condado.
O, si le es posible, puede acudir a su oficina electoral del condado durante las horas de apertura y votar de manera temprana en persona.
Para más información y solicitudes de muestra, visite Disability Rights California.
La votación por orden de preferencia les permite a los electores votar por una 1.a, 2.a y 3.a opción de los candidatos para un solo cargo. Esto hace posible la elección de cargos locales por mayoría de votos sin la necesidad de una elección de segunda vuelta.
¿Cómo funciona la votación por orden de preferencia?
- Para empezar, se cuentan todos los votos de la primera opción. Cualquier candidato que obtenga la mayoría (más del 50 %) de los votos de la primera opción, se declara ganador.
- Si ningún candidato obtiene más de 50 % de los votos de la primera opción, se elimina al candidato que reciba el menor número de votos de la primera opción.
- El voto de los electores que hayan votado por el candidato eliminado como su primera opción se transferirá a su segunda opción.
- Después, se vuelven a contar los votos. Si cualquiera de los candidatos restantes obtiene más del 50 % de los votos, se declara ganador.
- Si ninguno de los candidatos restantes obtiene más del 50 % de los votos, el proceso de eliminación de los candidatos y de la transferencia de votos al siguiente candidato en la jerarquía se repite hasta que un candidato tenga el triunfo por mayoría.
Consulte el video de FairVote California en inglés o en español y sus tarjetas de información en inglés, español y chino. También puede leer o escuchar las Preguntas frecuentes de la votación por orden de preferencia de la oficina de registro del condado de Alameda.
Consulte esta tabla fácil de usar que explica cómo votar en las elecciones generales de California del Centro para el Diseño Cívico y la League of Women Voters del Voters of California Education Fund.
- Cada contienda tiene un reglón en blanco con una línea para un candidato que no figura en la boleta pero por el cual se puede votar escribiendo su nombre.
- Marque el recuadro al lado de la línea como si estubiese votando por un candidato cuyo nombre aparece en la boleta.
- Escriba el nombre del candidato que desea votar en la línea en blanco.
- Cada condado publica una lista de los candidatos calificados por los cuales puede votar.
La lista estará disponible en su centro de votación y en la oficina electoral del condado. - Si escribe el nombre de un candidato calificado que no figura en la boleta pero por el cual se puede votar escribiendo su nombre, se contará su voto.
- Un voto para alguien que no se encuentra en la lista de candidatos calificados no se contará.
Una elección especial ocurre cuando un funcionario ha abandonado la oficina antes del final del período. Esto por lo general ocurre cuando el funcionario fallece o ha renunciado a la oficina.
Una elección reconvocada decide si un funcionario elegido será removido o no del trabajo elegido, y quién reemplazará a dicho funcionario.
Para obtener más información, visite Reconvocar a elecciones.
Una iniciativa es una ley propuesta por un grupo de ciudadanos por medio de una petición que contiene las firmas del número requerido de votantes. Las iniciativas pueden proponer una nueva ley (iniciativa estatutaria) o enmendar la constitución del estado.
Para obtener más información, visite Datos rápidos sobre las Medidas de ley en la boleta del estado.
Un referéndum es un voto sobre si una ley aprobada por la legislatura y firmada por el gobernador debe promulgarse.
Para obtener más información, visite Datos rápidos sobre las Medidas de ley en la boleta del estado..
Su condado puede tener elecciones en diferentes fechas y a lo largo de un año. Verifique las fechas de las elecciones, el registro de votantes, y los plazos de votación por correo en su área.
Este año, cada votante inscrito recibirá una boleta electoral por correo, sin necesidad de enviar una solicitud. Sin embargo, si se inscribe para votar después del plazo del 19 de octubre y le gustaría votar por correo, es mejor que intente inscribirse a más tardar el martes 27 de octubre de 2020 para que su oficina electoral pueda enviarle su boleta electoral a tiempo.
Para obtener información detallada, consulte ¿Cómo voto por correo?
La fecha límite para inscribirse para votar es el 19 de octubre.
Es importante que llene por completo su solicitud de inscripción de votante y:
- la presente en línea antes de la media noche, 15 días antes de la elección o
- la entregue por correo o en persona en la oficina electoral de su condado al menos 15 días antes de la elección.
Todavía no es demasiado tarde para votar, aunque haya pasado la fecha límite de inscripción del votante. Para inscribirse hasta el día de las elecciones, acuda a su lugar de votación, centro de votación u oficina electoral y lleve a cabo tres pasos sencillos:
¡Consulte aquí las ubicaciones donde puede inscribirse y votar al mismo tiempo hasta el día de las elecciones!
Antes del día de las elecciones
La votación anticipada en persona comienza el lunes 5 de octubre de 2020.
Por correo postal
Comenzando el lunes 5 de octubre hasta el día de las elecciones.
- Su boleta electoral de voto por correo completada debe ser matasellada el dia de las elecciones, o antes.
- Una vez enviada por correo y matasellada, la boleta electoral debe ser recibido en la oficina electoral el viernes 20 de noviembre.
Votación temprana en persona
Puede votar de manera temprana en la oficina electoral de su condado a partir del lunes 5 de octubre. Algunos condados tendrán más lugares de votación abiertos antes del día de las elecciones. Consulte caearlyvoting.sos.ca.gov.para conocer los lugares y los horarios.
El día de las elecciones
Martes 3 de noviembre de 2020, desde las 7 a. m. hasta las 8 p. m.
Para obtener información detallada, consulte la sección Formas de votar.
Usted Tiene Los Siguientes Derechos
1. El derecho a votar, si está inscrito como votante. Puede votar si:
- es ciudadano de los EE.UU. y vive en California
- está inscrito en el lugar donde vive actualmente
- tiene al menos 18 años de edad
- no está en prisión o en libertad condicional por haber cometido un delito mayor
2. El derecho a votar si está inscrito como votante, incluso si su nombre no está en la lista. Votará con una boleta provisional. Si los funcionarios electorales determinan que es calificado para votar, su voto se contará.
3. El derecho a votar si se encuentra en la cola a la hora en que cierran los centros de votación.
4. El derecho a emitir un voto en secreto sin que nadie lo moleste o le diga cómo votar.
5. El derecho a obtener una boleta nueva si cometió un error, siempre que todavía no haya emitido su voto. Puede:
- Pedirle a un funcionario electoral de un centro de votación una nueva boleta; o
- Cambiar su boleta de votación por correo por una nueva en una oficina electoral o en su centro de votación; o
- Votar usando una boleta provisional, si no tiene su boleta original de votación por correo.
6. El derecho a recibir ayuda para emitir su voto de cualquier persona que usted elija, excepto su empleador o representante sindical.
7. El derecho a dejar su boleta de votación por correo completada en cualquier centro de votación del condado en que está inscrito para votar.
8. El derecho a recibir materiales electorales en un idioma que no sea inglés, si hay una cantidad suficiente de gente en su distrito electoral que hablaese idioma.
9. El derecho a hacerles preguntas a los funcionarios electorales sobre los procedimientos de votación y a observar el proceso electoral. Si la personaa quien le pregunta no puede contestar sus preguntas, tendrá que dirigirlea una persona que le pueda contestar. Si usted estorba, pueden dejar decontestarle.
10. El derecho a denunciar toda actividad electoral ilegal o fraudulenta a un funcionario electoral o a la oficina del Secretario de Estado.
- En la web en www.sos.ca.gov
- Por teléfono al (800) 232-VOTA (8682)
- Por email a elections@sos.ca.gov
Si cree que le negaron cualquierade estos derechos, llame en forma confidencial y sin cargo a la Línea deasistencia al votante del Secretario de Estado al (800) 232-VOTA (8682).
Descargar las instrucciones del votante Declaración de Derechos de California de la Secretaría de Estado.
You can also download your California Voter Bill of Rights from the Secretary of State in any of the following languages:
English
Chinese
Hindi
Japanese
Khmer
Korean
Tagalog
Thai
Vietnamese
La oficina electoral de su condado
Comuníquese con su oficina electoral del condado para que se resuelva con rapidez cualquier problema con la votación.
El Secretario de Estado de California
Si cree que le han denegado alguno de sus derechos al voto o si sabe de algún fraude o mala conducta electoral, puede llamar a la línea directa gratuita confidencial para el votante del Secretario de Estado al (800) 345-VOTE (8683).
Protección de las elecciones
Si encuentra algún problema para emitir su boleta electoral o siente que se violaron sus derechos, visite el sitio web de Protección Electoral o llame a una de las siguientes líneas directas a fin de recibir ayuda para resolver su disputa e informar de su reclamación.
Inglés: 866-OUR-VOTE (866-687-8683)
Español e inglés: 888-Ve-Y-Vota (888-839-8682)
Para obtener más información, consulte Ya es hora ¡VE Y VOTA!
Chino, vietnamita, coreano, bengalí, urdu, hindi y filipino/tagalo: 888-API-VOTE (888 274 8683)
Árabe: 844-YALLA-US (844-925-52872)
Punjabi: (408)-320-7454
Descargue Conozca sus derechos al voto en:
- Inglés
- Español
- Amhárico
- Árabe
- Chino (caracteres simplificados)
- Chino (caracteres tradicionales)
- Persa
- Hmong
- Japonés
- Camboyano
- Coreano
- Lao
- Panyabí
- Filipino/tagalo
- Vietnamita
Consulte aquí para más información sobre la Protección Electoral.
Disability Rights California
Voz: 1-888-569-7955
TTY: 1-800-719-5798
Servicio de Retransmisión de California: marque al 711
Disability Rights California le explicará sus derechos, trabajará para resolver problemas y ayudará a presentar una queja si tiene alguna discapacidad, y:
- no puede llegar a su lugar de votación
- la máquina de votación accesible no funciona
- otras personas pueden ver cómo va a votar
- le dicen que no puede votar porque tiene una discapacidad
- tiene alguna pregunta sobre su derecho al voto
Para obtener más información, consulte Disability Rights California
¿Cuáles son mis derechos para ingresar y votar en los lugares de votación?
Las leyes estatales y federales requieren que los lugares de votación sean físicamente accesibles para los votantes con discapacidades.
Acceso al lugar de votación
Los funcionarios electorales del condado inspeccionan cada lugar y a menudo hacen modificaciones temporales en casas, bibliotecas, iglesias, negocios, escuelas u otras instalaciones para el día de las elecciones.
Los trabajadores electorales reciben capacitación sobre las leyes electorales y los derechos de los votantes con discapacidades, incluida la necesidad de realizar modificaciones razonables en las políticas y los procedimientos para garantizar la equidad en el acceso.
Antes de cada elección, cada votante inscrito recibe una notificación sobre si su lugar de votación es accesible. Esta notificación aparece en la Guía de Información para el Votante, que su condado envía por correo postal a cada votante.
La votación
El Secretario de Estado de California aprobó varios sistemas de votación para usarse que permiten que los votantes con discapacidades emitan sus votos de forma privada e independiente.
- Cada lugar de votación debe contar con una máquina para votar que permita a los votantes, incluidas las personas ciegas o con problemas de la vista, emitir una boleta electoral sin necesidad de recibir ayuda. La máquina para votar permite a los votantes verificar sus elecciones y, en caso de que exista un error, les permite corregir esas elecciones antes de enviar su boleta electoral definitiva.
- Los trabajadores electorales deben ofrecer la posibilidad de votar en la acera para los votantes con discapacidades que requieran esta ayuda.
Los sistemas de voto por correo accesible remoto (RAVBM) proporcionan una opción accesible para que los votantes con discapacidades reciban sus boletas electorales en su casa y las marquen de forma independiente y privada antes de devolverlas a los funcionarios electorales. Comuníquese con su oficina electoral del condado para más información.
Para obtener más información, consulte ¿Cómo puedo votar si tengo alguna discapacidad? o visite Disability Rights California. Para más información sobre los derechos de los votantes con discapacidades mentales, lea esta guía preparada por el Bazelon Center para la Ley de Salud Mental.
Vea el video del Center for Independence sobre Por qué debe votar.
¿Qué derechos tengo para recibir ayuda en otros idiomas?
- A los funcionarios de elecciones locales se les exige proporcionar servicios y materiales electorales oficiales a los electores bilingües en distritos donde hay un determinado número de personas que habla ese idioma.
- En algunas localidades, los panfletos informativos para electores y las muestras de boleta electoral están traducidos al chino, español, tagalo y vietnamita, entre otros idiomas.
- En algunos lugares de votación, hay trabajadores electorales bilingües que apoyan a los electores en su propio idioma.
Conozca sus derechos como votante en su idioma:
Amharic
Arabic
Chinese Simplified
Chinese Traditional
English
Farsi
Hindi
Hmong
Japanese
Cambodian/Khmer
Korean
Lao
Punjabi
Spanish
Tagalog
Tongan
Vietnamese
Para obtener más información, visite la Secretaría del Estado de California o Asian Americans Advancing Justice, Los Angeles.
¿Cuáles son mis derechos electorales si tengo un delito menor?
Una condena por delito menor no afecta en absoluto su derecho a votar. Puede votar en todas las elecciones.
¿Cuáles son mis derechos electorales si tengo un delito mayor?
Si usted tiene una condena por delito mayor, puede votar SI usted:
- Está en libertad probatoria, incluso si se encuentra en la cárcel del condado como una condición de su libertad probatoria,
- ha concluido su libertad probatoria,
- está en espera de la decisión de un juez por una violación de la libertad probatoria,
- está en supervisión obligatoria,
- está en supervisión comunitaria posterior a la liberación o
- ha concluido su libertad condicional.
El único momento en el que no se le permite votar es SI usted:
- Tiene una condena por delito mayor y aún está en una prisión estatal,
- está cumpliendo una sentencia mayor de 1170 (horas) en la cárcel del condado,
- está en espera de ser trasladado a una prisión estatal o
- está en libertad condicional.
Una vez que haya terminado su sentencia y libertad condicional, puede inscribirse para votar. Si no está seguro de qué tipo de sentencia está cumpliendo, consulte con su oficial de libertad condicional o probatoria.
¿Puedo votar cuando esté en libertad condicional?
No. Solo puede votar una vez que haya concluido su libertad condicional.
¿Puedo votar si estoy en supervisión obligatoria?
¡Sí! Usted pude votar todas las veces cuando esté en supervisión obligatoria.
¿Puedo votar mientras estoy en supervisión comunitaria posterior a la liberación?
¡Sí! Usted pude votar todas las veces cuando esté en supervisión comunitaria posterior a la liberación.
¿Puedo votar cuando esté en libertad probatoria?
¡Sí! Usted puede votar todas las veces cuando esté en libertad probatoria, si su condena es por un delito mayor o un delito menor.
¿Puedo votar mientras esté en la cárcel del condado?
Tal vez. Usted puede votar al estar en la cárcel del condado SI está:
- en espera de un juicio por cualquier delito,
- por una condena por delito menor,
- en una violación de libertad probatoria o
- en libertad probatoria por un delito menor.
Las condiciones en las que usted pierde el derecho al voto al estar en la cárcel del condado es cuando usted está:
- en la prisión estatal por una condena por delito mayor,
- en la cárcel en espera de ser trasladado a la prisión estatal por una condena por delito mayor,
- cumpliendo una sentencia por delito mayor de 1170 (horas) en la cárcel del condado o
- en la cárcel por una violación de la libertad condicional.
¿Cómo recupero mi derecho al voto?
En California, no necesita hacer nada para “restaurar” su derecho al voto. Se restaura de forma automática, una vez que usted termine su sentencia y ya no esté en libertad condicional. Sin embargo, debe inscribirse o volver a inscribirse para votar en las próximas elecciones.
Para obtener más información, visite Permítanme votar. Descargue folletos en español y en inglés. También puede descargar e imprimir tarjetas de Permítanme votar en español y inglés.
- La lista del registro de votantes no está disponible para el público en general.
- Su número de seguro social, su número de licencia de conducir y su firma nunca se proporcionan a ninguna persona que pida la información.
- La ley de California permite que determinada información sobre los electores pueda divulgarse a un miembro de la Legislatura de California o del Congreso de los Estados Unidos, o a cualquier candidato y comité que esté a favor o en contra de una iniciativa de ley en la boleta electoral, o a cualquier persona para fines electorales, escolares, periodísticos o políticos, o para fines gubernamentales.
- El uso comercial de la información del registro de votantes está prohibido por ley y constituye un delito menor.
- En caso de que divulgar su dirección pueda ponerlo en una situación en la que su vida esté en riesgo, es posible que califique para el programa de domicilios confidenciales Seguro en casa para poder inscribirse para votar y votar por correo.
Para obtener más información, consulte ¿Qué sucede si divulgar mi dirección puede ponerme en una situación en la que mi vida esté en riesgo?
¿Qué se necesita para ser un trabajador electoral? Debes ser:
- Un votante inscrito en California o un residente legal de los Estados Unidos.
- Un estudiante de preparatoria y:
- ser ciudadano de los Estados Unidos
- tener al menos 16 años cumplidos el día de las elecciones
- asistir a una escuela preparatoria pública o privada
- tener un promedio general de al menos 2.5
- tener el permiso de tus padres y escuela
- asistir a una sesión de capacitación
¿Qué hace un trabajador electoral?
- Prepara y cierra un lugar de votación.
- Ayuda a los votantes a entender sus derechos.
- Protege las boletas electorales y el equipo para votar.
¿Por qué ser un trabajador electoral?
- Participa y ayuda a los votantes.
- Contribuye con tu comunidad.
- Gana dinero extra (varía según el condado).
¿Cómo puedes hacer una solicitud?
Para pedir una solicitud, comunícate a tu oficina electoral del condado.
Consulte este mapa interactivo que proporciona información de contacto y datos resaltantes sobre las elecciones de su condado.
¿Qué es un partido político?
Un partido político es un grupo de personas que tratan de determinar la política pública e influir en el gobierno al lograr que se elijan sus candidatos para los puestos públicos.
¿Qué es un “partido político calificado”?
- Un partido político calificado tiene derecho a participar en cualquier elección primaria o elección general presidencial.
- Un grupo político puede calificar como un partido en una de estas dos formas: petición o inscripción de votantes.
- Con el método de inscripción de votantes, el Secretario de Estado debe poder verificar que el partido político obtuvo inscripciones de votantes igual en número al .33 por ciento de la inscripción total, antes de la fecha límite de calificación.
- Con el método de petición, la petición presentada a la secretaria de estado debe tener las firmas de votantes inscritos que equivalgan al 10 por ciento de los votos emitidos en la última elección para gobernador.
¿Cuáles son los partidos políticos calificados en California?
- Partido Independiente Estadounidense
- Partido Demócrata
- Partido Verde
- Partido Libertario
- Partido Paz y Libertad
- Partido Republicano
Para obtener más información, visite la Secretaria de Estado de California.
Para obtener información sobre los Distritos Legislativos Estatales y las Oficinas del Congreso de los EE.UU., visite la Secretaria de Estado de California..
Para obtener información sobre su ciudad, condado, y otras oficinas locales, comuníquese con la oficina electoral de su condado..
Cómo evaluar las medidas de ley:
- Examine lo que la medida de ley busca lograr. ¿Está usted de acuerdo con estos objetivos?
- ¿Quiénes son los verdaderos patrocinadores y opositores de la medida? Verifique Voter’s Edge California para saber quien está proporcionando los fondos para las medidas de ley estatales.
- ¿Está bien escrita la medida? ¿Creará conflictos en la ley que pueden requerir resolución judicial?
- ¿La medida crea su propia fuente de ingresos? ¿Destina, restringe u ofrece como garantía los ingresos del gobierno?
- ¿La medida exige un programa de gobierno que reduce la flexibilidad general en el presupuesto?
- ¿La medida trata con un problema que se puede decidir fácilmente mediante un voto SÍ o NO? O, ¿es un tema complejo que debe examinarse exhaustivamente en el ámbito legislativo?
- Si la medida enmienda la Constitución, considere si realmente pertenece a la Constitución.
- Tenga cuidado con las tácticas de distorsión y comerciales que se basan en la propaganda pero que no dicen nada de importancia sobre de la medida. No se deje engañar por medias verdades.
Para obtener más información, visite Datos rápidos sobre las Medidas de ley en la boleta del estado..
¿Qué son los bonos?
Los bonos son una forma de endeudamiento a largo plazo que el Estado utiliza para recaudar dinero para grandes proyectos. El Estado vende bonos a los inversores y se compromete a pagarles, con intereses, durante un cierto número de años, algo así como una hipoteca.
¿Para qué se usan los bonos?
Proyectos como carreteras, edificios escolares, prisiones, parques, edificios de oficinas y viviendas para veteranos que implican grandes costos en dólares y se utilizan durante muchos años. El uso de bonos ayuda a financiar los grandes costos iniciales en dólares, que son difíciles de financiar con los ingresos operativos diarios. Además, el reembolso de estos bonos a través del tiempo significa que los futuros contribuyentes que se benefician de las instalaciones ayudarán a pagarlos.
¿Qué tipos de bonos vende el Estado?
- Bonos de obligación general Estos son los tipos de bonos más comunes, y en gran medida se amortizan con los ingresos fiscales generales no restringidos del Estado. Los votantes deben aprobar estos bonos y su reembolso está garantizado por el Estado.
- Bonos de ingresos
Estos se reembolsan desde una fuente designada, como los peajes de los puentes. Los bonos de ingresos no requieren la aprobación de los votantes y el reembolso no está garantizado por el Estado. - Bonos de ingreso por arrendamiento
Se reembolsan a partir de los pagos de arrendamiento por agencias estatales que usan las instalaciones arrendadas. Los bonos de ingreso por arrendamiento no requieren la aprobación de los votantes y el reembolso no está garantizado por el Estado.
¿Cuáles son los costos directos del financiamiento por bonos?
El Estado debe devolver el capital de los bonos a los inversores a lo largo del tiempo hasta que estén totalmente saldados, además de los costos de intereses anuales. El costo de interés de pagar los bonos depende de la tasa de interés actual y el período de tiempo durante el cual los bonos se deben reembolsar.
Visite la Guía de la Secretaria de Estado de California para las Eventos para registrar votantes.
El Futuro de las elecciones de California (FoCE, siglas en inglés) es una colaboración entre los funcionarios electorales, las organizaciones de derechos civiles y los defensores de la ley de reforma para examinar y abordar los desafíos únicos que enfrenta el sistema electoral del Estado de California.
Visite el Índice de experiencia del votante.
Este conjunto informativo de herramientas se desarrolló para mejorar la experiencia del votante. Es una colección de investigación, publicaciones y guías de “cómo hacer” producida por los miembros de Futuro de las elecciones de California y asociados.
Comuníquese a la League of Women Voters of California Education Fund para obtener información adicional sobre las elecciones.
Para encontrar la información de contacto de su oficina electoral local, busque su condado o dirección aquí o encuentre la oficina electoral del condado en el sitio web de la Secretaria de Estado de California.
Estado de California Secretario de Estado de California 1500 11th Street 5to piso Sacramento, CA 95814 Teléfono: 916-657-2166 Fax: (916) 653-6814 Sitio web
To find contact information for your local election office, search for your county or address here or find your county election office on the California Secretary of State website.
5th Floor
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